El
Ayuntamiento de Nalda,en sesión plenaria del 31 de Mayo de 2005
aprobaría la Modificación definitiva del Plan Parcial Valle San
Gregorio(Torresolano),aprobación que sería ratificada por el pleno de la
Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Rioja con fecha
1 de Julio de 2005,siendo publicada en el BOR de fecha de 20 de Julio
de 2005.
El artlo 6.1.6 del BOR establece:
"Así
mismo, se construirá piscina de invierno, sauna, squash, gimnasio,
etc., y al aire libre pistas de pádel, piscina de verano y otros
posibles equipamientos complementarios.
Todo ello sin detrimento
de las posibilidades que brinda un planteamiento de este tipo de otros
deportes, senderismo, bicicleta, footing... También integrada en este
conjunto se urbaniza una zona de recreo y juego de niños, con el
correspondiente mobiliario urbano."
El
plan parcial Valle San Gregorio,aprobado por el Ayuntamiento establece
en el artlo 1.6 que dentro del plan parcial se dedican 3474,75 mts2 para
zonas dotacionales privadas de uso deportivo,comercial y social.
En
el artlo 3.3 de compromisos contraidos entre el Ayuntamiento y el
Constructor se establece "el compromiso de construir edificios
dotacionales privados e instalaciones deportivas de propiedad privada
como pueden ser una piscina climatizada cubierta,piscina al aire
libre,pistas de tenis,pistas de padle etc.."
El artlo 3.4 de garantías de cumplimiento de los compromisos pactados establece:
- La garantía de los promotores del presente Plan o de los que se
subroguen en sus competencias cumplirán estrictamente los compromisos
anteriormente adquiridos
- La corporación local tiene la facultad de expropiar el polígono en
caso de que no se procediera a cumplir los compromisos establecidos
- Como ampliación de garantías quedará condicionado el otorgamiento de
licencia de edificación a la simultanea aprobación del proyecto de
urbanización de los servicios e instalaciones previstas en esa fase y a la subsiguiente ejecución de dichas obras
- El otorgamiento de licencias de primera utilización quedará
condicionado a la finalización de dichas obras de urbanización en cada
fase de edificación
El artlo 6,en el estudio económico y financiero para desarrollar la zona deportiva privada determinas las siguientes cantidades:
- Pista polideportiva......................4000€
- Pistas de Padel............................10000€
- Piscina climatizada....................250000€
- Piscina al aire libre.....................20000
A estas cantidades habría que sumarles el IVA y los honorarios de redacción y ejecución del proyecto
En Julio de 2010 GSI solicitaria licencia de edificación de zona deportiva con proyecto redactado por el arquitecto D.Jose Luís Castell que no llegaría a realizarse
El 18 de Abril de 2011 el Ayuntamiento de Nalda suscribiría acta de recepción del plan parcial S.Gregorio Fase 1etapa 1 y se otorgaron licencias de ocupación para 63 viviendas unifamiliares.
El 25 de Mayo de 2011 el Ayuntamiento suscribió acta de recepción provisional de la Fase 2 y se otorgaron licencias de ocupación de 30 viviendas colectivas de dicha fase
Tal como queda establecido en el plan parcial el Ayuntamiento no debía haber realizado la recepción provisional de las fase 1 y 2 sin que la zona dotacional deportiva privada hubiera estado constuida.
Así mismo no debía dar las licencias de ocupación a las viviendas si la zona dotacional deportiva privada no estaba construida.
Dado que así lo ha hecho caben las siguientes reflexiones:
- El beneficiado con esta decisión del Ayuntamiento es la empresa constructora que se ha ahorrado 320000€
- Los perjudicados los vecinos y vecinas de Torresolano que en su escritura de compraventa vienen reflejados unos terrenos con unas instalaciones inexistentes
- En cualquier caso la empresa constructora o la que se haya subrogado en sus obligaciones debe cumplir este compromiso o se le puede reclamar.
- El Ayuntamiento puede haber cometido un delito al haber tomado una decisión no ajustada a lo aprobado en el plan parcial
- El Ayuntamiento debe exigir a la empresa constructora o quien se haya subrogado en sus obligaciones que cumpla sus compromisos