viernes, 30 de septiembre de 2022

INSTANCIA AYTO PARA QUE DESARROLLE CAUCES DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL MUNICIPIO

INSTANCIA AYTO NALDA SOLICITANDO QUE CUMPLA LEY BASES REGIMEN LOCAL DESARROLLANDO LA PARTICIPACION CIUDADANA EN EL MUNICIPIO

INSTANCIA AYTO-CUMPLIMIENTO NORMATIVA URBANISTICA SOBRE ZONA DEPORTIVA URBANIZACION TORRESOLANO

INSTANCIA EXIGIENDO AL AYUNTAMIENTO CUMPLA LO ESTIPULADO EN LA LEY SOBRE LA ZONA DEPORTIVA DE TORRESOLANO

SOLICITUD DE REUNION CON ALCALDE EN ABRIL DEL 2022

miércoles, 14 de septiembre de 2022

DERECHO CONSTITUCIONAL DE LOS VECINOS/AS A PARTICIPAR EN EL AYTO DE NALDA.CARTA A LOS MEDIOS COMUNICACION



 

El artlo 9.2 de La Constitución Española determina que corresponde a los poderes públicos facilitar la participación de todos los ciudadanos/as en la vida poítica,social y cultural

El artlo 23 de nuestra carta magna establece que los ciudadanos tienen el derecho fundamental a participar directamente en los asuntos públicos.

En desarrollo de este derecho fundamental  constitucional la ley de bases de régimen local en su artlo 69 establece que las corporaciones locales facilitaran la más amplia información sobre su actividad y la participación de  todos los ciudadanos en la vida local.

El Artlo 70 bis de dicha ley establece que los Ayuntamientos  deben establecer  y regular con normas de caracter orgánico procedimientos y órganos adecuados para la efectiva  participación de los vecinos en la vida pública local

Es decir,el derecho a la participación ciudadana en los Ayuntamientos es un derecho fundamental constitucional que el Ayuntamiento de Nalda debía haber regulado hace muchos años en cumplimiento de la Constitución y del artlo 70bis de la LBRL

La respuesta del Ayto de Nalda a la solicitud de la AVTORRESOLANO de que regule el reglamento de participación ciudadana es de que no lo va a hacer porque la ley no le obliga y además como la participación ciudadana es muy importante para él,cuando lo estima oportuno, ya consulta.

El cumplimiento del derecho fundamental constitucional a la participación efectiva en su Ayto de los ciudadanos de Nalda no puede quedar al arbitrio de ningún cargo institucional.Este debe como tal regular lo establecido en el artlo 70 bis que dice con caracter imperativo que los Ayuntamientos deben establecer y regular dichos órganos de participación

 Ell grupo Parlamentario Popular de la Rioja apoya regular la participación ciudadana y presentaría un proposición de ley en el Parlamento de la Rioja en 2019.La Federación de municipios de España ha remitido a las Federaciones autonómicas varias propuestas de reglamento para que las desarrollen en los municipios.Es por ello poco comprensible que el Ayuntamiento de Nalda que tiene mayoría PP y cuyo alcalde es presidente de la Federación riojana de municipios de una parte se oponga a regular la participación ciudadana en su Ayuntamiento y de otra no lidere la regulación en los municipios riojanos de un modelo de participación que profundice en democracia y se adapte a la especificad de los municipios de la Rioja

 Mientras regula dicha normativa el Ayuntamiento de Nalda podía establecer con caracter piloto unos presupuestos participativos para 2023 y posibilitar que los vecinos/as de Nalda puedan participar con voz y sin voto en los plenos del Ayto en el punto del orden del día de ruegos y preguntas

ESCRITO EN LA REVISTA EL ARCO DE LA VILLA DE NALDA DE UNA VECINA DE LA AV TORRESOLANO



 


UNA VEZ MAS,DESPUES DE VACACIONES,CURSO DE ZUMBA IMPARTIDO POR NUESTRA VECINA VALERIE