viernes, 3 de febrero de 2017

ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA NORMATIVA DEL AYTO DE NALDA SOBRE TENENCIA DE ANIMALES



  1. Los propietarios deben estar en posesión y tener perfectamente cumplimentada la documentación sanitaria obligatoria establecida por el Gobierno de la Rioja,siendo falta grave no tenerla
  2. Se consideraran animales vagabundos aquellos que a pesar de estar identificados no vayan acompañados por persona alguna dentro del término municipal y su desaparición no haya sido denunciada en el plazo de 48 horas.
  3. Los perros potencialmente peligrosos que esten en una casa de campo,chalet o similar habran de estar atados,a no ser que se disponga de altura y vallado suficientmente alto para proteger a las personas
  4. La tenencia de animales en las viviendas queda condicionada a que no causen molestias a los vecinos
  5. No se podrán tener de forma permanente en terrazas,balcones o patios de la comunidad de vecinos,debiendo pasar siempre la noche en el interior de la vivienda
  6. No se podra tener mas de 5 perros y gatos sin la correspondiente autorización como actividad molesta
  7. Queda prohibida la circulación por lugares públicos de aquellos que no vayan acompañados y conducidos provistos de collar y sujetos por correa que permita mantener controlado al animal
  8. Si el perro tiene mas de 35 kg y los de menor pero cuando el temperamento del animal lo aconseje deberan ir provistos de bozal y en cualquier caso bajo la responsabilidad de su dueño
  9. Se prohibe la entrada de animales a zonas destinadas a juegos de niños
  10. No se permite que los animales beban directamente de los grifos de uso público
  11. De los daños a personas y cosas y de cualquier acción de ensuciamiento de la via pública producida por los animales será directamente responsable el propietario
  12. Las personas que porten animales de compañia por la via pública estan obligados a recoger yretirar sus excrementos con los elementos precisos para ellos(bolsa,recogedor etc).Las bolsas debidamente cerradas deberan ser depositadas en las papeleras
  13. Las anciones se calificaran en muy graves,graves y leves,cuya calificación y sanción vienen recogidos en el decreto

NORMATIVA DEL AYUNTAMIENTO DE NALDA SOBRE TENENCIA DE ANIMALES